El requisito de contar con un representante de la dirección no se menciona más en la versión ISO 9001:2015, esto es un hecho que preocupa a algunos y estimula a otros… ¡Vientos de cambios Juancho!
En realidad, determinar como requisito, personajes especificos como el representante de la direccion, obligaba a las organizaciones a adoptar estructuras organizacionales predefinidas que en muchos casos y dependiendo de su contexto, les restaba flexibilidad y recursos.
A corto plazo, los directivos y líderes de SG se plantean muchas preguntas, por ejemplo: ¿Quién informará el desempeño del sistema a la alta dirección?
El Representante de la dirección es un requisito de la revisión 2008 que generalmente se asignaba de dos formas, con muchas variantes:
- En organizaciones de gran tamaño, se autorizaba un puesto de trabajo específico y se colgaba un alegre título en la puerta de su oficina.
- En organizaciones de tamaño medio a pequeño; se asignaba tal función, a un puesto de trabajo ya autorizado; vale mencionar que tal puesto ya tenía 101 funciones y más.
En ambos casos, es común el requisito de informar a la alta dirección sobre el desempeño del SG.
Aunque no se menciona más la figura de representante de la dirección en la revisión 2015, el requisito de informar sobre el desempeño y las oportunidades de mejora permanecen, ahora dependerá de la alta dirección el asegurar que los roles necesarios para implementar, mantener y mejorar el SG se determinan de la forma más conveniente para la organización y su contexto.
La responsabilidad y la autoridad para informar a la alta dirección sobre el desempeño del SGC se puede asignar a un rol especifico o varios (Ver 5.1.1 a), h), j) y 5.3 c), ISO 9001:2015), es decir la alta dirección no absorbe el papel del representante de la dirección.
Algunas organizaciones pueden encontrar conveniente el mantener su estructura organizacional actual, con una sola persona que lleve a cabo esta función.
Otros podrían tomar ventaja de la flexibilidad adicional al considerar otras estructuras en función de su contexto organizacional.
EN RESUMEN…
El requisito especifico de contar con un Representante de la dirección no se menciona más, sin embargo los deberes de rendición de cuentas han sido revisados y actualizados (5.3, de a) a e)). La Alta direccion ahora tiene la flexibilidad de determinar la estructura organizacional más conveniente de acuerdo al contexto organizacional y sus recursos. Puede conservarse o no el personaje del Representante de la dirección, en ambos casos los auditores de los organismos de certificación podrían interesarse en saber cómo la organización determinó la estructura organizacional más conveninte para su SG.
Personalmente, la estructura organizacional donde los lideres de procesos informan sobre el desempeño de sus procesos a la alta dirección me parece la mejor porque es la forma en que funcionan naturalmente las organizaciones; por ejemplo el gerente de comercialización informa sobre los objetivos de ventas al gerente general de la organización de forma cotidiana y frecuente… ¿Tú que opinas?
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